Datos revisados en septiembre de 2026.
Respuesta rápida: sí. Si instalas placas solares en 2026 en un inmueble de tu propiedad, puedes deducir el 10 % de lo pagado en tu declaración de la Renta (20 % si es una instalación colectiva en un edificio residencial), con una base máxima de 5.000 € al año. Es decir, hasta 500 € de ahorro fiscal en una instalación individual. Solo cuenta si la instalación termina dentro de 2026 y está pagada sin efectivo.
Es la pregunta que más dudas genera porque en los últimos años ha habido varias deducciones distintas relacionadas con la vivienda y la eficiencia energética. Esta guía explica exactamente qué dice la normativa vigente en 2026 para el autoconsumo solar, con la ley citada.
Para saber cuánto te compensa la instalación en conjunto, con esta deducción incluida, consulta cuánto cuesta instalar placas solares en 2026 y en cuántos años se amortizan.
De dónde sale esta deducción
La disposición adicional 62.ª de la Ley 35/2006 del IRPF, incorporada por el artículo 36.3 del Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, crea una deducción específica para quien instale en 2026 sistemas de autoconsumo de energía eléctrica renovable, tal y como los define el Real Decreto 244/2019. La deducción admite expresamente que el sistema incluya baterías de almacenamiento, siempre que formen parte de la misma instalación.
Es importante el marco temporal: la deducción alcanza a las cantidades pagadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, para instalaciones que se ejecuten dentro de ese mismo periodo. No es una deducción permanente del IRPF, sino una medida limitada a un solo ejercicio.
Los dos porcentajes: 10 % o 20 %
| Supuesto | Porcentaje | Base máxima anual | Deducción máxima |
|---|---|---|---|
| Instalación individual en un inmueble de tu propiedad | 10 % | 5.000 € | 500 € |
| Instalación colectiva en un edificio de uso predominante residencial (comunidad de vecinos) | 20 % | 5.000 € | 1.000 € |
La base máxima de 5.000 € es conjunta para ambos apartados: una misma instalación en un mismo inmueble no puede acogerse a la vez al 10 % y al 20 %.
Un ejemplo con números: si pagas 5.500 € por tu instalación individual, el 10 % serían 550 €, pero como la base máxima es de 5.000 €, la deducción real se queda en 500 €.
Qué cantidades cuentan
Entran en el cálculo el coste de los equipos y materiales (paneles, inversor, cableado, baterías si forman parte de la instalación), los gastos de instalación y las obras necesarias para ejecutarla.
Dos condiciones que se pasan por alto con frecuencia:
- Solo cuenta lo pagado sin efectivo: tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuenta. Un pago en efectivo, por pequeño que sea, queda fuera de la base de la deducción.
- Hay que restar las subvenciones recibidas para esa misma instalación, aunque el cobro material de la ayuda todavía no se haya producido. La base es el coste neto que corre a cargo del contribuyente, no el coste bruto antes de ayudas.
Requisitos técnicos: CIE y plazo de finalización
La deducción se practica en el periodo impositivo en que termina la instalación, nunca antes, aunque hayas hecho pagos a cuenta o anticipos. Y esa finalización no puede ser posterior a 2026: si la instalación se remata ya en 2027, la deducción no se aplica, aunque hayas pagado dentro de 2026.
Para acreditar que la instalación está terminada, la normativa exige contar con las autorizaciones exigibles y, en particular, con el Certificado de Instalaciones Eléctricas (CIE) que expide el instalador autorizado. Sin él, no hay instalación terminada a efectos de esta deducción, por mucho que las placas ya estén generando electricidad.
Cuándo no se aplica
- Si el inmueble está afecto a una actividad económica del contribuyente, la deducción no se aplica en absoluto.
- Si la afectación llega después, por ejemplo porque empiezas a usar la vivienda para una actividad profesional al año siguiente de deducirte la instalación, pierdes el derecho a la deducción ya practicada y debes devolverla a Hacienda.
- No es compatible con la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética (disposición adicional 50.ª de la misma ley) para la misma instalación en el mismo inmueble. Hay que elegir una de las dos; no se pueden sumar sobre el mismo gasto.
Cómo y cuándo se declara
El ejercicio 2026 se declara en la campaña de la Renta que se presenta en 2027. Es en esa declaración —el modelo 100 del ejercicio 2026— donde se aplica por primera vez esta deducción, nunca antes, porque el devengo va ligado al periodo en que termina la instalación.
La deducción se resta de la cuota íntegra estatal, después de aplicar las deducciones generales de los apartados 1 a 5 del artículo 68 de la Ley del IRPF. Es, por tanto, una de las últimas piezas del cálculo de la cuota estatal, no la primera.
Checklist para no perder la deducción
- Paga siempre por transferencia, tarjeta o cheque nominativo. Nunca en efectivo.
- Guarda las facturas y los justificantes bancarios de cada pago.
- Pide a tu instalador que termine la obra dentro de 2026 y que te entregue el Certificado de Instalaciones Eléctricas.
- Resta cualquier subvención que hayas recibido o tengas concedida para la misma instalación antes de calcular tu base.
- No la combines con la deducción de eficiencia energética (DA 50.ª) sobre el mismo gasto.
- Aplícala en la declaración de la Renta de 2027, correspondiente al ejercicio 2026.
Relacionado: Subvenciones de autoconsumo en la Comunitat Valenciana: plazos y requisitos.
Preguntas frecuentes
¿Es compatible con la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética?
No, no para la misma instalación en el mismo inmueble. Tendrás que elegir cuál de las dos te aplicas para ese gasto concreto.
¿Puedo deducir si pagué parte de la instalación en efectivo?
Esa parte pagada en efectivo queda fuera de la base de la deducción, aunque el resto lo hayas pagado por un medio admitido. Conserva siempre el justificante bancario, no solo la factura.
Vivo en una comunidad de propietarios que instaló placas colectivas, ¿qué porcentaje me corresponde?
El 20 %, no el 10 %, porque la ley reserva ese porcentaje superior a las instalaciones colectivas en edificios de uso predominante residencial.
¿Hay que descontar las ayudas que he recibido?
Sí. La base de la deducción es el coste neto tras restar cualquier subvención recibida o concedida en firme para esa misma instalación.
Empecé la instalación en 2026 pero no la termino hasta 2027, ¿puedo deducirme algo?
No con esta deducción, porque exige que la instalación finalice dentro de 2026, con independencia de cuándo hicieras los pagos.
¿En qué casilla del modelo 100 se declara?
Todavía no se ha publicado la numeración de casillas del modelo del ejercicio 2026, que se aprueba por orden ministerial antes de la campaña de 2027. Comprueba la sede electrónica de la Agencia Tributaria cuando se acerque la campaña.
Fuentes
- BOE: Ley 35/2006, del IRPF, disposición adicional 62.ª (texto consolidado).
- BOE: Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo.
- BOE: Real Decreto 244/2019, condiciones del autoconsumo de energía eléctrica.
- Guía Fiscal: deducción por placas solares 2026, guía completa.
Esta guía es orientativa y no sustituye el asesoramiento de un profesional colegiado. Antes de aplicar la deducción, contrasta con la sede de la AEAT o con tu asesor fiscal.